jueves, 22 de diciembre de 2016

GOL DEL MADRID A LA FIFA

La Corte Suprema de Arbitraje (TAS/CAS) ha estimado de modo parcial el recurso presentado por el club blanco ante la sanción de la FIFA que le prohibía fichar en dos ventanas de mercado

Antonio Blanca

El laudo arbitral emitido por el TAS/CAS el pasado martes ha generado sorpresa maliciosa en algunos empero en otros lo que ha causado en la lógica impuesta por el correcto devenir jurídico legal del quehacer del Real Madrid en este caso.

Remontémonos a enero de esta año que se nos va. La FIFA sancionó al Real Madrid por haber infringido la normativa vigente sobre traspasos y altas internacionales de futbolistas menores de 18 años. En concreto por violar (siempre a criterio FIFA) el artículo 19 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, que estipula la protección de menores así como su inscripción. Como consecuencia, se le prohibió fichar y dar de alta a cualquier futbolista nacional o extranjero durante los próximos dos periodos de contratación íntegros.

A esta decisión, el Madrid reaccionó solicitando como medida cautelar la posibilidad de poder fichar el pasado verano de 2016/2017. De este modo pudo llegar Álvaro Morata, porque hay que recordar que Coentrao y Asensio retornaban al club de Concha Espina procedentes de sendas cesiones, en el Benfica y Espanyol respectivamente. Sin embargo, la FIFA mantuvo el castigo con dos ventanas sin poder contratar, la de invierno de la 2016/17 y la de verano de la campaña 2017/18.

Ipso facto a esta sanción, el Madrid recurrió al TAS/CAS, instancia superior a la FIFA, que el pasado martes 20 de diciembre del 2016 le ha dado la razón y "ha comunicado al Real Madrid C. F. el laudo por el que ha estimado parcialmente el recurso formulado por el club contra la resolución de FIFA que impuso una sanción de prohibición de inscripción de jugadores durante dos periodos de fichajes, reduciéndolo a uno solo, el correspondiente a la ventana de enero de 2017".

A priori victoria del cuadro español sobre la FIFA, si bien en el seno de la entidad madridista se esperaba una exención o estimación total de su recurso y no solamente parcial, ya que consideran errónea en su globalidad la sanción que el máximo organismo rector del fútbol internacional le impuso.

Este tribunal de carácter extrajurídico y supranacional, independiente y con plena función autónoma en el ejercicio de sus competencias dirime los conflictos surgido en torno al deporte. Sus laudos gozan de la misma fuerza ejecutiva que las sentencias de los tribunales ordinarios.

Como objetivo nuclear está acelerar los procesos judiciales, aunque el procedimiento ordinario dura entre 6 y 12 meses, es totalmente confidencial. Solo se permite el recurso judicial ante el Tribunal Federal Suizo en un número muy limitado de motivos (violación de derechos).

El número de árbitros que participan en un proceso arbitral es de uno o tres, elegidos todos ellos entre un total de 331 que componen la lista de miembros del Tribunal. En el caso del fútbol, hay 92 árbitros. Lo normal es que haya tres por caso: uno por la parte demandante; otro por la parte demandada; y un tercero elegido por el propio Tribunal, como mediador. Los árbitros deben ser independientes, es decir, no tener conexión particular con cualquiera de las partes. Hay cinco españoles y ninguno de ellos pudo participar en este proceso.

Tras estas notas generales sucintas de lo que es este tribunal deportivo, la gran pregunta es ¿por qué se le ha reducido al club blanco su sanción?

Primero, los abogados del Real Madrid consiguieron que fuese un juez único del TAS/CAS el que decidiera sobre este caso en vez de tres. Además el Real Madrid redujo los casos muy graves de nuevo a tan solo uno (a la postre por el que ha sido sancionado una ventana).

Así, el Madrid trabajó para solucionar las irregularidades, justo lo contrario del Barcelona, que desoyó al máximo organismo del fútbol mundial y tampoco pudo rebajar la infracción de sus casos, todos muy graves.

A mayor abundamiento, el Real Madrid demostró que  la inscripción de fichas de jugadores menores pasó por las federaciones territoriales y por la Real Federación Española de Fútbol.

Respecto del caso muy grave, Takuhiro Nakai era uno de los nueve. Pues bien, su madre demostró que está divorciada de su padre y que el niño no se separó de la familia, ya que vino con ella a España.

Por todo ello, el TAS/CAS ha reconocido que el Real Madrid tiene infraestructuras de cantera sin fines lucrativos o empresariales, como denunciaba la FIFA, y que es algo más que irrisorio que se pretenda sancionar por jugadores como Lucas o Theo Zidane, hijos de Zinedine Zidane y que en ningún caso vulneran el tan mencionado artículo 19 RETJ.