Se
está convirtiendo en peligrosa costumbre asociar al Barcelona y a alguno de sus
futbolistas con la justicia derivado de hechos delictivos
Antonio Blanca
El
juez de la Audiencia Nacional José de la Mata propone sentar en el banquillo de
los acusados al presidente del Fútbol Club Barcelona, Josep María Bartomeu, a
su antecesor en el cargo, Sandro Rosell, así como al propio club catalán,
además de a Neymar y a sus padres por el fichaje del delantero brasileño a raíz
de una querella de la empresa carioca DIS, que gestionaba el 40% de sus
derechos federativos. Los delitos por los que se les juzgará son el de
corrupción entre particulares y estafa impropia, aunque al ‘11’ blaugrana y a
sus progenitores sólo será por el primero de los delitos.
De
la Mata recuerda en su resolución que la Sala de lo Penal ordenó reabrir la
causa el pasado mes de septiembre y continuar las diligencias por el trámite
del procedimiento abreviado, en contra de su criterio que era el de archivar la
causa. Fue un recurso de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, estimado por la
Sala, el que ha hecho que se reabra el asunto. El Ministerio Público pedía el
archivo para Bartomeu, pero ahora el magistrado decide llevar a juicio a todos
los investigados.
Según
explica el magistrado, tal y como establece la Sala de lo Penal, el contrato
firmado en 2011 por el que Neymar recibiría 40 millones de euros para fichar en
el futuro por el Barcelona “habría
alterado el libre mercado de fichaje de futbolistas, al impedir que el jugador
entrase en el mercado conforme a las reglas de la libre competencia, de modo
que se obtuviera una mayor cantidad económica por el traspaso”,
constituyendo el delito de corrupción entre particulares.
“Si el objetivo y finalidad de este contrato
fue directamente alterar el mercado de fichajes de futbolistas, según estima la
Sala (…) entonces es razonable pensar que los dos directivos que intervinieron
en su firma”, en alusión a Rosell y Bartomeu, entonces presidente y
vicepresidente, respectivamente, “fueron
responsables de esta decisión, de la firma del contrato y conscientes de esta
finalidad ilícita”.
A
juicio del magistrado, la actuación de ambos directivos se realizó sin informar
a la Junta Directiva, ni al Santos, ni a DIS como propietaria del 40% de los
derechos federativos del jugador y, todo ello, mientras el jugador tenía
contrato en vigor con el club brasileño. “Ambos directivos conocieron
obviamente cada una de estas circunstancias plenamente cuando decidieron firmar
este contrato. Circunstancias que, al entender de la Sala, son los indicios
principales del delito de corrupción entre particulares” y “sitúan a ambos directivos como responsables
de los hechos”.
Respecto
a la solicitud del fiscal para el archivo respecto de Bartomeu, De la Mata
insiste en que tuvo “perfecto
conocimiento y participó en todos los elementos que la Sala considera que
sustentan la existencia de delito: participó de la decisión de firmar este
contrato ilícito conociendo que se infringían los Reglamentos FIFA y
contribuyendo a mantener al santos y a DIS en la ignorancia absoluta de estas
operaciones contractuales”.
Igualmente
considera el juez responsable de los hechos a las partes contratantes en esos
contratos, esto es, Neymar da Silva JR y Neymar da Silva Santos.
En
relación con el propio FC Barcelona y la sociedad N&N, el titular del
Juzgado Central de Instrucción nº 5 considera que también son responsables por
cuanto los hechos descritos fueron realizados por representantes legales de
ambas entidades “sin que además conste
(de hecho, lo acreditado es la situación contraria) que se hubieran adoptado
por el órgano de administración de cada una de las entidades mecanismos o
modelos de organización y control para prevenir delito de esta naturaleza”.
En
el caso al delito de estafa impropia por los tres contratos suscritos en 2013
cuando el FCB anticipa la contratación de Neymar Jr (sin esperar que quedara
libre de compromisos con su entonces club, el Santos, a partir de julio de
2014), el juez recuerda que fueron considerados por la Sala como “una simulación consciente y urdida para la
comisión de la estafa”.
Asumiendo
esta premisa establecida por la Sala, el juez considera que “es claro que los directivos que tomaron
estas decisiones -en alusión a Bartomeu y Rosell- que las articularon en este paquete de contratos simulados sin más fin
que ocultar el importe real del contrato, que no dieron cuenta la Junta Directiva,
que no reportaron a la Asamblea de Socios y que firmaron los contratos
comprometiendo a la entidad barcelonista a realizar todos estos pagos, pueden
ser responsables de tales conductas, debiendo dirigirse el procedimiento contra
ellos”.
De
igual manera se dirige el procedimiento por estafa impropia contra el FC
Barcelona y El Santos como personas jurídicas por cuanto los hechos fueron
cometidos por los representantes legales de ambas entidades.